Notable

En mayo de 2023 se reglamenta la Ley 9246, conocida como “Ley de Garantías Mobiliarias”, fue aprobado y publicado, permitiendo a las personas físicas y morales garantizar el pago de sus obligaciones mediante bienes muebles no registrables.   

Se puede otorgar garantía mueble sobre cualquier bien mueble si tiene un valor económico para el acreedor y no está prohibido por la ley.

La ley establece en su apartado cuarto qué objetos NO están sujetos a garantía mobiliaria:

  • Vehículos de todo tipo que requieran circulación en la vía pública e inscripción en el Registro Público.
  • Las aeronaves, motores de aeronaves, helicópteros, equipos ferroviarios, elementos espaciales y otras categorías de equipos móviles están regulados por convenios y tratados internacionales debidamente ratificados por Costa Rica. 
  • Valores intermedios o instrumentos financieros regulados por la Ley Reguladora del Mercado de Valores

El objetivo principal de la garantía mueble es aumentar y facilitar el acceso al crédito de las medianas, pequeñas y microempresas, y beneficiar a los acreedores al permitirles tener la seguridad de que sus obligaciones están respaldadas por la garantía mueble.

Entre las muchas ventajas de las garantías muebles, cabe mencionar:

  • Incentivo a la inclusión financiera.
  • Incrementar el acceso a la financiación.
  • Facilitar el uso de bienes muebles como garantía.
  • democratiza el crédito.
  • Fortalecer a las PYMES.

Por el apartado undécimo de “Ley de Garantías Mobiliarias”, el contrato deberá otorgarse por escrito y deberá contener:

  1. Cláusula para la constitución de garantías muebles.
  2. Los datos y firmas que permitan la identificación de las partes.
  3. El importe máximo por la garantía mobiliaria o la forma de determinarlo.
  4. Domicilio contractual para atender futuras notificaciones judiciales y extrajudiciales.
  5. La mención expresa de que los bienes descritos servirán de garantía de la obligación garantizada.
  6. Descripción de las obligaciones garantizadas.
  7. Autorización del deudor al acreedor para presentar el formulario de inscripción inicial ante el “Sistema de Garantías Mobiliarias del Registro Nacional” y otros formularios de registro posteriores.
  8. Mención expresa del consentimiento para ejecutar las garantías en sede extrajudicial, si así lo acuerdan las partes.
  9. La fecha y lugar de ejecución.

 

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