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Costa Rica dio un paso fundamental en el respeto a la autonomía de las personas sobre su vida en cuanto a la atención de la salud y el tratamiento médico. En segundo debate el 26 de abril de 2022, el Congreso aprobó el proyecto de ley Ley de voluntades anticipadas, permitir directivas anticipadas para decisiones médicas. 

Esta ley entrará en vigor una vez que sea publicada en La Gaceta revista, pero requerirá la aprobación del gobierno de la regulación dentro de los seis meses siguientes a la fecha de publicación.

 

Aspectos relevantes 

Esta ley permite que las personas expresen su voluntad de disponer de sus cuerpos cuando sean sometidos a intervenciones médicas para “salvaguardar la vida de la persona o las funciones vitales de su organismo”. Lo hacen ejecutando un documento llamado “declaración anticipada de voluntad”. En algunos países, se conoce como “testamento en vida”, “testamento vital” o “directiva anticipada para decisiones médicas”.

El ejercicio de este derecho estará a cargo de todas las personas mayores de edad (18 años o más), con capacidad legal, que puedan expresar su voluntad de manera clara, libre y consciente. 

El documento escrito especificará la atención médica que desean o no desean, incluso cuando el escenario médico se vuelve crítico y no pueden comunicar su voluntad. El personal médico, así como los familiares o tutores, deben consultar y seguir la declaración anticipada de voluntad o directivas del paciente para las decisiones médicas.

 

Preguntas para una mejor comprensión.

¿Quién puede ejecutar directivas anticipadas?

Toda persona mayor de edad, con capacidad legal, que pueda expresar su voluntad de manera clara, libre y consciente. 

 

¿Qué se puede disponer en las directivas anticipadas?

El contenido de las directivas anticipadas variará según el historial médico detallado y las creencias morales y espirituales de la persona. Las directivas anticipadas pueden incluir, entre otros: 

  • Disposición sobre el tratamiento de enfermedades que ya tiene la persona u otras que eventualmente pudieran aparecer 
  • Preferencias por otras decisiones médicas como tratamientos cercanos al final de la vida, medidas paliativas en caso de enfermedad terminal, donación de órganos y transfusiones de sangre.
  • Designación de un albacea sanitario (representante sanitario) y dos suplentes 

 

¿Cómo se puede ejecutar la directiva anticipada?

La nueva ley contempla tres opciones para su ejecución:

  1. Ante notario de CR, más dos testigos
  2. Ante al menos dos trabajadores de la salud (médicos, enfermeras o psicólogos clínicos), más dos testigos
  3. Ante un escribano del Registro Nacional de Declaración Anticipada de Voluntad, más dos testigos

Los testigos deberán ser mayores de edad, con capacidad legal, y no estar emparentados con el otorgante por matrimonio, unión libre o unión de hecho, ni por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado.

Todos los centros de salud públicos y privados deberán prever las medidas necesarias para el ejercicio de este derecho. Dicha declaración se mantendrá en el expediente clínico con confidencialidad y protegida en los términos establecidos en la Ley N° 8968, Ley de Protección de Datos Personales de Costa Rica. 

 

¿Se puede modificar la directiva anticipada y se debe actualizar?

En cualquier momento, la directiva anticipada se puede modificar, revocar o actualizar. Sin embargo, la ley establece que la declaración anticipada de voluntad debe actualizarse cada cinco años para verificar si lo estipulado se mantiene vigente o si existen avances médicos en los tratamientos. 

 

¿Qué está expresamente prohibido por la ley?

Esta ley contiene una prohibición expresa de la eutanasia, estipulada en los apartados uno y doce.  La eutanasia sigue prohibida y es una práctica ilegal en Costa Rica.

 

¿Cuáles son las limitaciones de las directivas anticipadas?

El artículo cuarto de la ley establece las limitaciones de las directivas anticipadas, entre ellas: las que contengan acciones prohibidas por las leyes o contrarias a las mejores prácticas médicas, o cuando las directivas anticipadas supongan la omisión de un procedimiento médico que ponga en riesgo la salud pública (altamente contagiosos). enfermedades, radiaciones, etc.). 

Es fundamental entender las implicaciones legales de esta nueva ley. Os mantendremos informados en futuros artículos. Estamos a su servicio en info@gmattorneyscr.com

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