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NPróximamente entrarán en vigor nuevas normas legales para simplificar los requisitos de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) de Costa Rica para nuevos proyectos, negocios y desarrollos privados de bajo impacto.

El 8 de febrero de 2023, el poder ejecutivo del gobierno de Costa Rica anunció y firmó un nuevo decreto del Reglamento General de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental. Entra en vigor en agosto, cuatro meses después de su publicación el 19 de abril en el diario oficial La Gaceta.

El nuevo reglamento define todos los requisitos y procedimientos generales para determinar la viabilidad ambiental de las actividades, desarrollos o proyectos que por ley puedan afectar elementos del medio ambiente. También establece todas las medidas preventivas que los desarrolladores de proyectos deben implementar, dependiendo del impacto.

Franz Tattenbach Capra, Ministro de Ambiente y Energía, afirmó: “La nueva normativa busca asegurar una mayor presencia de la SETENA en el campo para verificar el cumplimiento de los compromisos ambientales. El país requiere la conservación de los recursos naturales y su uso racional y sostenible. Aun así, también debe establecer los lineamientos necesarios para contribuir a la inversión y generación de empleo para la reactivación económica”.

¿Qué es el formulario D2 y cuándo se aplica?

Actualmente, la SETENA otorga permisos de factibilidad ambiental en Costa Rica. El formulario D2 es obligatorio para todos los proyectos enmarcados en el plan de desarrollo de su actividad comercial, ya sean proyectos agrícolas, industriales o de construcción. Dependiendo del impacto ambiental del proyecto, se debe completar el formulario D2. Eso incluye proyectos de bajo impacto ambiental, que se clasifican en las categorías C y B2.

Nueva directriz

Información gubernamental indica que solo el año pasado, la SETENA procesó 1,644 Expedientes D2. La nueva reforma de lineamientos y reglamentos eliminará la duplicidad de requisitos a nivel institucional. La burocracia y el proceso de permisos se simplifican para nuevos proyectos, negocios y desarrollos privados de bajo impacto.

Los beneficiarios bajo la nueva directriz incluirán todos los proyectos de mejora, reparación y reconstrucción ejecutados por desarrolladores de infraestructura públicos o privados. Ya no requerirán luz verde de la SETENA en cuanto a la viabilidad ambiental de un proyecto, si cumplen con los parámetros establecidos por el reglamento.

La nueva reforma establece claramente que solo los proyectos de bajo impacto estarán exentos de presentar el formulario D2. Por lo tanto, es necesario un suficiente respaldo técnico-jurídico ambiental para determinar la viabilidad o exención de presentar el formulario D2 antes de realizar las solicitudes a la SETENA.

Cambios relevantes en la nueva regulación:

Simplificación de trámites y reducción de requisitos para el desarrollador del proyecto.

Mayor peso de un modelo de seguimiento y monitoreo ambiental y de las condiciones de fragilidad ecológica de las áreas del proyecto.

Reducción de costos hasta en un 50% en Estudios de Impacto Ambiental para PYMES.

Reducción de los plazos de revisión de todos los formularios e instrumentos de evaluación por parte de la administración.

Todas las obras o proyectos de mejora, reparación y reconstrucción que se realicen en infraestructura pública o privada no requieren viabilidad ambiental.

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