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Cuando considere construir una casa en Costa Rica, puede esperar que la disponibilidad de agua sea la menor de sus preocupaciones. Después de todo, es un país tropical con abundantes lluvias en la temporada de lluvias. ¿Cómo podría haber problemas relacionados con el suministro de agua potable? Desafortunadamente, en muchas partes del país, esto no se puede dar por sentado. La disponibilidad de agua potable igualará, si no excederá, su preocupación por una ubicación adecuada del edificio, particularmente en las partes más secas del país. 

No se puede exagerar el requisito de llevar a cabo la debida diligencia legal con respecto a la disponibilidad de agua potable en un sitio de construcción elegido.

 

Derechos de propiedad conferidos al estado

En Costa Rica, el derecho de propiedad para administrar y asignar las reservas de agua potable del país está en manos del estado. La principal autoridad gubernamental reguladora del agua se conoce como AyA, abreviatura de “Acueductos y Alcantarillados”, o en inglés, Water and Sewer Systems. Este es el organismo regulador del agua madre para la gestión y distribución del agua en Costa Rica. 

Las asociaciones comunitarias reguladoras del agua conocidas como ASADAS - abreviatura de “Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales” - existen en muchas zonas rurales urbanizadas del país. Administran los sistemas de agua locales en su área de jurisdicción local, pero están subordinados a la jurisdicción de AyA. 

Los pozos privados son otorgados por concesión gubernamental y registrados en el registro nacional de pozos de agua conocido como SENARA, abreviatura de “Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento”. Existen en propiedades privadas individuales, donde lo permita el MINAE, el Ministerio de Medio Ambiente. En las partes más secas del país, como la provincia de Guanacaste, la perforación privada de pozos está prohibida en muchas áreas.  

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Carta requerida para el permiso de construcción municipal

Para obtener un permiso de construcción del municipio que tiene jurisdicción sobre la ubicación prevista del edificio, debe proporcionar una carta de autorización oficial de la autoridad reguladora del agua local correspondiente. Alternativamente, necesita prueba de que se ha otorgado una concesión de pozo registrada para propiedad privada que indique que habrá una fuente adecuada de agua potable disponible para la construcción prevista. 

Esta carta de autorización debe enviarse al municipio, junto con un conjunto de planos de construcción aprobados por el arquitecto, en el momento de la solicitud del permiso de construcción. Normalmente, en el momento de la compra, el comprador solicitaría dicha carta de autorización al vendedor del lote de construcción como parte de la debida diligencia requerida. De lo contrario, es imperativo que la debida diligencia del comprador demuestre, en el momento de la compra, que dicha carta de autorización estará disponible cuando se realice la solicitud del permiso de construcción.

 

Mi opinión

Desafortunadamente, muchos sitios de construcción adecuados fallan por falta de acceso legal al agua potable. En mi opinión, aunque es difícil de regular, la captura de agua de lluvia para la fuente de agua potable independiente de una propiedad en particular sería una solución en muchas situaciones en las que el agua no está disponible de fuentes tradicionales. Hasta la fecha, los municipios no han reconocido la captura de agua de lluvia como una fuente alternativa viable de agua potable para emitir un permiso de construcción.

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