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Costa Rica ha legalizado la producción y comercialización de cáñamo, así como el cannabis con fines medicinales y terapéuticos. Este artículo proporciona una descripción general de lo que esto significa y los pasos necesarios para aquellos elegibles.

En marzo de 2022, el congreso aprobó la ley N° 10113, “Ley del cannabis para uso medicinal y terapéutico y del cáñamo para uso alimentario e industrial..” La nueva ley fue publicada en Luna gaceta número 46 el 09 de marzo de 2022.

Las plantas de cáñamo y marihuana tienen algunas similitudes generales como especies del género cannabis. Algunas diferencias cruciales entre ellos son las siguientes.

  • No psicoactivo: El cáñamo tiene un porcentaje mínimo de tetrahidrocannabinol (THC), la molécula central relacionada con los efectos neuronales de la marihuana. Las plantas de cáñamo contienen alrededor del 0.3 % de THC, mientras que el contenido de THC de la marihuana oscila entre el 5 % y el 35 %, según la cepa.
  • Altura de crecimiento: Las plantas de cáñamo pueden alcanzar una altura de 4 metros, mientras que las plantas de marihuana pueden crecer hasta 2 metros.
  • ciclo de crecimiento: Los cultivos de cáñamo tardan unos 120 días en crecer, frente a los 90 días de la marihuana.
  • Uso: El cáñamo se puede utilizar en las industrias de la construcción, la alimentación, la salud y la confección. La marihuana se usa comúnmente con fines médicos, terapéuticos y recreativos.

 

¿Cómo va a funcionar la legalización de la marihuana y el cáñamo en Costa Rica?

El gobierno costarricense emitirá licencias para autorizar el cultivo, cosecha, procesamiento, almacenamiento y transporte de marihuana medicinal y cáñamo. Además, se pueden emitir permisos para importar y distribuir productos hechos de cáñamo o marihuana.

Los solicitantes de la licencia no deberán tener antecedentes penales relacionados con el narcotráfico, corrupción o lavado de activos y deberán cumplir con los artículos 8, 9 y 10 de la Ley N° 10.113 y su reglamento. Los pasos y requisitos básicos para los solicitantes de licencia se describen a continuación.

  • Capacidad legal: Las personas físicas mayores de edad pueden actuar por sí solas o representar a una sociedad anónima, con prueba de la existencia legal y solvencia de la sociedad. 
  • Descripción del proyecto: Se debe proporcionar una descripción detallada del proyecto y sus fuentes de financiamiento, sujeto a una verificación de antecedentes realizada por las autoridades correspondientes. 
  • CCSS: Los solicitantes de licencia deben estar registrados como empleadores en el Caja Costarricense de Seguro Social (seguridad social) y estar al día en todas las obligaciones municipales y tributarias.
  • Inspecciones periódicas de las instituciones gubernamentales: Todos los proyectos autorizados estarán sujetos a controles regulares realizados por el Instituto Costarricense Sobre Drogas (Instituto Nacional de Drogas de Costa Rica), Ministerio de Agricultura y Ganadería (Ministerio de Agricultura), y/o Ministerio de Salud (Ministerio de salud). Estas instituciones pueden tomar muestras del cultivo o del producto que se comercializa.  

Una vez presentados los documentos mencionados, el gobierno tendrá hasta 30 días para revisarlos y dar una resolución formal.

Dependiendo de la licencia que se solicite, el Ministerio de Salud (Ministerio de Salud) o el Ministerio de Agricultura y Ganadería (Ministerio de Agricultura) tendrán requisitos más específicos y solicitarán información detallada para otorgar cualquiera de estas cuatro licencias disponibles. 

  • Licencia para cultivar

El permiso otorgado en esta categoría es para proyectos agrícolas, incluida la importación de semillas (si es necesario), el cultivo, la cosecha y la distribución. El producto podría comercializarse en Costa Rica y/o exportarse a mercados extranjeros donde la marihuana y el cáñamo son legales. Esta licencia es emitida por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (Ministerio de Agricultura).

  • Licencia de importación y distribución de derivados comercializados de marihuana o productos terminados

Esta licencia es para los solicitantes que pretendan establecer un negocio enfocado en los mercados tales como cosméticos, aceites esenciales, medicamentos, productos farmacéuticos o terapéuticos, entre otros. Pueden solicitar este permiso las pequeñas y medianas empresas que fabrican productos artesanales a base de cannabis. El artículo 13 de la Ley N° 10.113 establece que las sociedades anónimas con esta licencia pueden calificar para instalarse y operar bajo el régimen de zona franca “Zona libre". La Ministerio de Salud (Ministerio de Salud) emitiría este tipo de licencia.

  • Licencia para producir los productos terminados y de valor agregado con marihuana 

Esta licencia es para negocios que reciben el cultivo cosechado para entregar derivados de cannabis en cualquier título a un tercero, o para que el negocio los retenga, para el procesamiento de un producto terminado con fines médicos o terapéuticos. Esta autorización permite la distribución y venta en el mercado costarricense y/o para la exportación. Él Ministerio de Salud (Ministerio de Salud) otorgaría esta licencia.

  • Licencia con fines de investigación e investigación

Este permiso se otorga para aquellos proyectos enfocados a la investigación científica. Él Ministerio de Salud (Ministerio de Salud) emite la licencia.

 

¿Cuánto cuesta la licencia?

Una vez que se aprueba su licencia, los solicitantes deben pagar 3.755.769.12 (aproximadamente $6,500) por un permiso de licencia de seis años (artículo 14 del decreto ejecutivo N° 43724-MP-S-MAG). Esto se puede pagar por adelantado o anualmente en cantidades prorrateadas. Una vez vencido este plazo, la licencia puede ser renovada por el mismo período mediante el pago de la tasa, ajustada periódicamente por el gobierno.

 

¿Qué pasa si planto marihuana?

Si bien existe en el parlamento un proyecto de ley que legalizaría la marihuana recreativa en Costa Rica (expediente N° 23.383), "Ley de Control y regulacion del Cannabis para uso recreativo, " aún no está aprobado. 

Por ley N°10.113, el cultivo y venta de marihuana con fines recreativos sigue prohibido. E incluso los cultivadores de marihuana para uso terapéutico o comercial que no tengan la licencia adecuada están sujetos a que el Ministerio de Salud destruya su cultivo no autorizado. También pueden ser procesados ​​legalmente por un delito que conlleva una pena de prisión de seis a 12 años.

 

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