Notable
Facilidad-legal-Inmobiliaria-en-Costa-Rica

Nueva ley fomenta la inversión extranjera y la reubicación a Costa Rica

El 5 de julio de 2021, el gobierno de Costa Rica publicó la Ley # 9996, diseñada para atraer inversionistas extranjeros, jubilados y residentes temporales (aquellos que se encuentran bajo la Ley # 8764 - Ley General de Migración y Extranjería). Esta legislación fue aprobada para promover la reactivación económica del país en el período pospandémico del COVID-19.

 

Los incentivos de la nueva ley se aplican a quienes están autorizados a ingresar a Costa Rica bajo las categorías específicas de inversionistas, residentes temporales y jubilados / pensionados.

 

“Los inversionistas, residentes temporales o pensionados beneficiarios que optaron por dichos beneficios durante los primeros 5 años de la ley, los mantendrán por un período de 10 años a partir de la fecha en que fueron otorgados”. dice la nueva legislación.

 

Hay varios incentivos que se destacan:

  1. Una eliminación única de los impuestos de importación (libres de derechos) sobre la importación de artículos para el hogar.
  2. Los beneficiarios podrán importar hasta dos vehículos de transporte terrestre, aéreo y / o marítimo, para uso personal o familiar, libres de todo impuesto de importación, aduana y al valor agregado (IVA). En caso de pérdida del vehículo por robo, destrucción total por incendio, inundación, colisión o accidente durante la vigencia de los beneficios, podrá importar otro vehículo libre de los impuestos indicados.
  3. Los montos declarados como ingresos para calificar a los beneficios de esta ley estarán exentos del impuesto sobre la renta.
  4. Exoneración del 20% del total del impuesto a la transmisión en cualquier compra de inmueble, en los términos de esta ley.
  5. Exención de impuestos a la importación de instrumentos o materiales para la práctica profesional o científica, realizada por la persona con la categoría migratoria de inversionista, residente jubilado o residente temporal. Los elegibles deberán demostrar, ante el Ministerio de Hacienda, que lo que se importa corresponde a su actividad económica y cumple con criterios de proporcionalidad y razonabilidad.

Específicamente para inversionistas, la nueva legislación establece que quien opte por una residencia temporal como inversionista debe demostrar al Departamento de Migración una inversión mínima de $ 150,000 USD en bienes raíces, activos registrables, acciones, valores y proyectos productivos (o proyectos de interés nacional). ). Esta es una reducción del monto anterior de $ 200,000 USD.

Cabe destacar que el reglamento que establece cómo se aplicará la ley aún está pendiente de ser emitido por el gobierno.  

Para responder cualquier pregunta que pueda tener una vez finalizados los detalles, estamos a su servicio en info@gmattorneyscr.com

Vea este artículo en la revista digital internacional, ¡haz click aquí!

Disfruta la historia audiovisual - ¡haz click aquí!

publicar un comentario

7 + 1 =